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jueves, 12 de marzo de 2026

CARTA ABIERTA: EL RACISMO NO ES ESPECTACULO. ES DEUDA HISTORICA Y DELITO

 

CARTA ABIERTA: EL RACISMO NO ES ESPECTÁCULO, ES DEUDA HISTÓRICA Y DELITO

La reciente participación de una ciudadana Paraguaya llamada Carmiña Masi en un certamen internacional no solo ha sido una vergüenza internacional para el Paraguay; ha sido un espejo distorsionado que no representa a la mujer paraguaya trabajadora, educada y civilizada. Resulta doloroso ver cómo, en un mundo que busca refugio en contenidos de entretenimiento ante la falta de oportunidades, se utiliza la pantalla como fuga para vomitar discursos de odio que creemos deben estar superados.                

 La deshonra a las raíces

Es una ironía histórica que quienes hoy ostentan aires de superioridad olviden su propio origen. El primer ancestro con el apellido de esta ciudadana llegó a Paraguay huyendo de la crisis en Forenza, Italia, cerca de 1870. Llegó como parte de una diáspora que pasó hambre y necesidades, tal vez como polizón, buscando en América la vida que su tierra le negaba. Al discriminar, no solo ataca al prójimo, sino que escupe sobre la memoria de sus propios antepasados migrantes.              

 El peso de la Ley y la Condena Social

Paraguay no es tierra de impunidad. La Ley 6940/2022 define claramente los actos de racismo y establece sanciones administrativas (multas de hasta 100 jornales) para quienes agredan la dignidad de las personas afrodescendientes. Mientras en Bolivia (Ley 045) o Argentina (Ley 23.592) el racismo tiene matices penales más severos, en nuestro país la condena social ya ha dictado sentencia.                           

 El reflejo de la sociedad

El hecho de que Masi fuera expulsada a solo dos semanas de comenzar es una señal de esperanza. En los últimos tres años, los ganadores (un argentino y dos uruguayos) han sido personas tranquilas, calificadas despectivamente como "plantas" por quienes confunden el conflicto con el talento. El mundo ya no premia la estridencia del odio; premia la humanidad.


Instamos a las organizaciones afrodescendientes en todas partes a pronunciarse a repudiar y declarar a esta persona como "no grata". No podemos permitir que el nombre de Paraguay sea visibilizado por la misoginia y el racismo, sino por el respeto a nuestra herencia pluriétnica. Que la justicia administrativa actúe y que la memoria histórica nos enseñe que, al final del día, todos somos el resultado de una mezcla que merece dignidad.            

 Por ultimo, nuestra solidaridad y apoyo a Jenny Mavinga, gran mujer trabajadora. Por un Paraguay glorioso, reconocido y, sobre todo, civilizado.

 

Nelson Mandela consideraba la educación como el motor más potente para el desarrollo personal y la transformación social. Su frase más célebre destaca que es el "arma más poderosa para cambiar el mundo", enfatizando que la educación permite la igualdad de oportunidades y libera al pueblo de la opresión. Pensar que nuestras mujeres siempre fueron llamadas de Che Kambá! Los estereotipos se ajustan al mundo de la imagen y vamos olvidando nuestros perfiles, nuestra definicion de identidad. Extracto de la pelicula "Los inocentes" de Mauricio Brunetti, 2015

 #JusticiaAfro #Paraguay #Onu #Ley6940 #NoAlRacismo #MemoriaHistorica #DecenioAfro #DerechosHumanos #afroparaguay #conafro #granhermanoargentina $afrohair #jennymavinga

Reunión via meet con la SNC 11.03.26


 

Estimadas y Estimados:

 

Tal como nos comprometimos el día de ayer durante la reunión, a continuación, compartimos con ustedes un documento informativo en respuesta a las inquietudes mencionadas durante la reunión. Este documento busca contribuir al conocimiento de los derechos legales que respaldan la participación política, social y cultural de las comunidades afrodescendientes en nuestro país.

 

En relación a la consulta de la Señora Abril Denise, sobre la conformación del Consejo Nacional de Afrodescendientes, se informa cuanto sigue:

 

 

  Marco Legal que da origen al CONAFRO:

 

Desde el año 2022 fruto de un proceso de varios años de trabajo nace la Ley 6940/2022 a partir de la cual Paraguay reconoce a la población afrodescendiente como minoría étnica, estableciendo mecanismos para prevenir y sancionar el racismo y la discriminación. Y a través del decreto N° 2915/2024 se reglamenta la Ley N° 6940/2022, crea el Consejo Nacional de Afrodescendientes (CONAFRO) y establece su conformación y funcionamiento,en los siguientes artículos:

 

 Art. 2°.- Creación e integración. Créase el Consejo Nacional de Afrodescendientes, en adelante "CONAFRO", órgano consultivo que estará integrado por representantes, titulares y alternos, de las instituciones y organizaciones que se enumeran a continuación: 1. Secretaría Nacional de Cultura, que ejercerá la presidencia del Consejo; 2. Ministerio de Justicia; 3. Ministerio de Educación y Ciencias; 4. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; 5. Ministerio de Desarrollo Social; 6. Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social; 7. Ministerio de la Mujer; 8. Ministerio de la Niñez y la Adolescencia; 9. Ministerio de Relaciones Exteriores; 10. Secretaría de Políticas Lingüísticas; 11. Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS); 12. Instituto Nacional de Estadísticas (INE); y 13. Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil de personas afrodescendientes con mayor representatividad en el territorio nacional. Los representantes enumerados en los puntos 1 al 12 serán designados por la máxima autoridad de la institución respectiva. Los representantes a los que se refiere el punto 13 serán designados por resolución de la máxima autoridad de la Secretaría Nacional de Cultura, a propuesta de las organizaciones de la sociedad civil con personería jurídica y con reconocida trayectoria de al menos diez (10) años en el campo de la no discriminación racial y de la promoción de la población afrodescendiente residente en el territorio nacional.  Los representantes mencionados en el punto 13 deberán haber cumplido 25 años de edad y tener conocimientos y experiencias en la temática afrodescendientes. La persona candidata debe tener una experiencia laboral mínima de cuatro (4) años vinculada a los derechos de las personas afrodescendientes.

 

Art. 3°.- Funciones. El CONAFRO tendrá las siguientes funciones: 1. Asesorar a la Secretaría Nacional de Cultura en el diseño del Plan Nacional de Promoción, Fomento y Protección de los Derechos Humanos de la población afrodescendiente, en adelante el Plan, según lo establecido en los artículos 4°, inciso a), y 5° de la Ley; 2. Diseñar y proponer estrategias, planes, programas, proyectos y acciones interinstitucionales para prevenir y eliminar la discriminación racial en los ámbitos público y privado; 3. Diseñar y proponer modelos, protocolos de atención a personas afrodescendientes y guías de procedimiento y buenas prácticas; 4. Promover el desarrollo de investigaciones sobre la situación de la población afrodescendiente, residente en el territorio nacional, en todos los ámbitos; 5. Celebrar convenios de cooperación, para el cumplimiento de los objetivos de la Ley, con organismos nacionales e internacionales, públicos o privados; 6. Revisar los métodos de enseñanza, mallas curriculares, textos y/o materiales pedagógicos, a fin de recomendar, en su caso, las modificaciones que correspondan de conformidad con las disposiciones aplicables; 7. Difundir los principios de la Ley, los tratados internacionales en materia de no discriminación racial, los resultados de los estudios se realicen y sus propuestas formuladas; 8. Impulsar campañas educativas y de concientización a favor de la igualdad racial, encaminadas a la eliminación de actitudes discriminatorias, participando en la ejecución de las mismas; y 9. Aprobar, si lo considera necesario, su reglamento interno y normas complementarias que rijan su actuación, con orientación al mejor logro de su objetivo.

 

Mecanismos para ampliar la participación de más personas afrodescendientes dentro del Reglamento Interno del CONAFRO

 

Debido a que el decreto N° 2915/2024 establece de forma taxativa la conformación del Consejo, el CONAFRO incorporó en su reglamento interno mecanismos complementarios para ampliar la participación de organizaciones y personas afrodescendientes que no cumplen aún el requisito legal de membresía plena establecida, a través de las figuras de Enlaces Comunitarios Participativos. Esta figura es introducida mediante los siguientes artículos del Reglamento Interno del CONAFRO:

 

ARTÍCULO 18: DE LOS ENLACES COMUNITARIOS PARTICIPATIVOS

 

El CONAFRO podrá contar con Enlaces Comunitarios Participativos de carácter permanente, provenientes de organizaciones de la sociedad civil afrodescendiente que no se encuentren representados ante el Consejo, con el fin de fortalecer la participación, el diálogo y la articulación comunitaria en el ámbito de sus funciones consultivos.

 

Los Enlaces Comunitarios Participativos no integran el CONAFRO ni hacen parte del quorum para las sesiones; su participación será ad honoren, con derecho a voz y sin voto, y se regirán por las disposiciones del presente Reglamento.

 

ARTÍCULO 19: DESIGNACIÓN Y ASISTENCIA DE LOS ENLACES COMUNITARIOS PARTICIPATIVOS

 

La postulación de una organización para actuar como Enlace Comunitario Participativo deberá ser presentada por al menos dos integrantes del CONAFRO, y su incorporación será decidida por mayoría simple.

 

Los Enlaces Comunitarios Participativos deberán asistir a las sesiones, pudiendo ausentarse previa comunicación a la Secretaría del CONAFRO.

 

El Enlace Comunitario Participativo ejercerá la representación de su organización por un periodo de tres años, renovable por decisión del CONAFRO. Dicha representación podrá ser revocada mediante resolución fundada en caso de incumplimiento de sus obligaciones o de las disposiciones del presente Reglamento.

 

De este modo se busca fomentar la participación y organización de más personas afrodescendientes.

 

 

En relación a la inquietud planteada por el Señor Hugo Portillo, sobre la protección a las festividades afrodescendientes, se informa cuanto sigue:

 

Protección legal de la festividad afro Kamba Ra’anga

 

Ante la preocupación manifestada por respecto a posibles interferencias de sectores religiosos u otros actores en la realización de la festividad afro Kamba Ra’anga, es importante recordar que el marco jurídico nacional plantea mecanismos de protección para las expresiones culturales afrodescendientes.

La principal norma legal que protege las manifestaciones culturales afrodescendientes, como la festividad popular conocida como Kamba Ra’anga, es la Ley N. º 5621/16 de Protección del Patrimonio Cultural que reconoce y protege el patrimonio cultural del país en sus diversas manifestaciones:

 

El Artículo 3°.- DEFINICIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL. El patrimonio cultural del Paraguay se encuentra constituido por los bienes muebles e inmuebles, materiales e inmateriales, ambiéntales y construidos, seglares o eclesiásticos, públicos o privados, en cuanto resulten relevantes para la cultura, en razón de los valores derivados de los mismos, en cualquiera de sus ámbitos; como; el arte, la estética, la arqueología, la paleontología, la arquitectura, la economía, la tecnología, la bibliografía, el urbanismo, el ambiente, la etnografía, la ciencia, la historia, la educación, la tradición, las lenguas y la memoria colectiva.

 

Artículo 4°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCES. La presente Ley rige para todo el territorio de la República y sus disposiciones deberán ser aplicadas por los organismos de la administración central, por las gobernaciones y municipalidades, tanto en lo referente a la propiedad pública, como a la privada; obligando por igual a las personas físicas y jurídicas.

 

Artículo 5°.- CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES CULTURALES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO. Se establece la siguiente clasificación de bienes culturales: b) Las expresiones, tradiciones y saberes provenientes de sectores que mantienen y elaboran las memorias colectivas o introducen innovaciones a partir de procesos culturales propios. Tales sectores están constituidos por pueblos indígenas y comunidades de inmigrantes y de afrodescendientes, así como por colectividades populares diversas. Estas manifestaciones conforman el patrimonio vivo del país: rituales, festividades, manifestaciones artísticas y lenguas en cuanto correspondan al objeto de esta Ley.

Las expresiones, tradiciones y saberes provenientes de sectores que mantienen y elaboran las memorias colectivas, como el Kamba Ra’anga pueden ser consideradas parte del patrimonio cultural vivo del Paraguay y el Estado tiene la responsabilidad de promover su preservación y respeto.

 

Finalmente, nos ponemos a disposición si desean otra reunión virtual de socialización sobre el CONAFRO u otros temas. Se adjuntan a este informe, los documentos mencionados.


SECRETARIA NACIONAL DE CULTURA
Dirección de Formación y Divulgación de la Diversidad Cultural.
Dirección General de Diversidad, Derechos y Procesos Culturales.
Ayolas esquina Víctor Haedo.
Asunción - Paraguay.
 
 

lunes, 5 de enero de 2026

INVITACIÒN: DECLARACIÒN DE PATRIMONIO DEL SANTO REY ÀRA EN LA CIA.ROSADO, TOBATI, 6.01.2026




 El dìa 18 de Noviembre conseguimos la resolucion de la Junta Municipal de Tobati apoyando nuestro cometido y solicitando por Nota a la Ministra sra Adriana Ortiz, el dìa 19 de Noviembre presentamos ante la SNC la solicitud (acompañada de la documentacion requerida) en mesa de entrada vìa email.El dìa 20 recibimos el acuso de entregado y el nro de expediente de la mesa de entrada(..respondieron al Municipio....)

El dia viernes 2 de enero nos avisaron para confirmar que fue positivo el reconocimiento .

Vaya nuestra alegria compartida con ustedes y por la memoria y el honor de este legado de nuestros antepasados que es parte de nuestra cultura, nuestras tradiciones. 

Pueden leer el trabajo de investigacion en este enlace para compartir: 

 https://drive.google.com/file/d/1ltMPbVnZKAxXcWINqrqwzDwoUPx5rrCx/view?usp=sharing

o leer online aquì debajo. 

sábado, 18 de octubre de 2025

La primer polka liberal es afroparaguaya

  


Aires Nacionales, libro lanzado en 1928 con las mejores selecciones de música y partituras de autores nacionales en arreglos para piano, realizado con el acompañamiento típico de R. Aristóbulo Domínguez, contaba entre ellos con la famosa polka. En él pie de página de la partitura se puede leer: La Polka Liberal degeneró hoy día. Su verdadero autor: un negro, violinista, Miguel de los Santos, fallecido, quién en 1888 dedicó a los siguientes caudillos liberales de aquella época: Nicolás Vargas, Arias Lampiño, José Santos Fernández, Rudecindo Duarte y Calaí San Francisco. La mencionada polka era ejecutada por el autor y acompañada en guitarra por el conocido autor nacional Señor Teófilo Ochoa, el que la ejecuta como se escribió. El Sr. Ochoa vive actualmente en San Lorenzo.
Oriundo de Laurelty, Miguel de los Santos, pariente de Cándido Silva, era también hijo de los lanceros africanos llegados con Artigas en 1820, don Francisco Alvino de los Santos y María Agueda Baliña (Martinez), Miguel nació en la comunidad de Laurelty, San Lorenzo, Central, el 1 de julio de 1860, y da autoría a esta obra con 27 años de edad, luego de la fundación de El “Centro Democrático”, llamado más tarde Partido Liberal Radical Auténtico el 10 de julio de 1887. Vale recordar que posteriormente surge la famosa polka 18 de Octubre, precisamente después de los hechos acontecidos en esa fecha en el país. (bautismo Miguel aquì)
Otra mención que certifica y acredita la misma obra la podemos encontrar en un libro del año 1961, obra de Carlos R. Centurión, de la Biblioteca Ortiz Guerrero llamado: Historia de la Cultura Paraguaya - Tomo II, Capítulo XLII - Origen y Evolución de la Música en el Paraguay Hasta 1913, El texto narra lo siguiente: Entre las polcas más antiguas y tradicionales del Paraguay citaremos… (entre varias) Polca Liberal, que data de 1887, compuesta por Miguel de los Santos, nativo de Laurelty, descendiente de los soldados de José Artigas…
Cuando uno busca: Música del Paraguay, ejemplo en Wikipedia, no solo dice que la presencia e influencia de la música de los contingentes de africanos en el Paraguay es imperceptible. Esperemos que este material cumpla ante esta negación por invisibilizar y esconder los aportes culturales en la historia del país entre otros. Próximamente dedicaremos un artículo (posteo) sobre la Gomba , que además de ser el nombre de los tambores realizados por ahuecar la madera de los árboles fué considerado un baile paraguayo de carácter nacional, la danza colectiva de orígen afro, de carácter frenético y gran número de participantes se bailaba en el siglo 19, el ritmo producido por tambores de diferentes tamaños, algunos de grandes dimensiones y sonido profundo que era audible a varios kilómetros se volvió muy popular y su práctica fue combatida y luego perseguida por las autoridades, por considerarse lasciva y ruidosa, al punto que en el año 1878 se prohibió su práctica, por las autoridades eclesiásticas. Otro instrumento del cual surge de nuestra investigación que presentaremos y con imágenes centenarias e inéditas será el Gualambau , el cual aún sigue vivo gracias a algunas bandas del país. (El audio POLKA LIBERAL , en video que les presentamos, es del interprete pianista Sebastián Jiménez, del álbum del 2006 llamado Aires Tradicionales Paraguayos) Vaya nuestros saludos a todas las generaciones simpatizantes de este partido politico que han conmemorado con esta música, para nosotras-os, este es nuestro merecido homenaje al gran artista, el olvidado afroparaguayo Miguel de los Santos. Ojala aparezcan más obras del maestro.

 




 

jueves, 2 de octubre de 2025

2 de octubre de 1869, 156 AÑOS DE LA ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD EN EL PARAGUAY


 

 


Una fecha invisible. Hoy se conmemoran 156 años del  decreto de abolición de esclavitud el cual se instalaría en forma oficial un año más tarde en la constitución de 1870. 

CONSTITUCIÓN AÑO 1870

Art. 25. — En la República del Paraguay no hay esclavos; si alguno existe queda libre desde la jura de esta Constitución, y una ley especial reglará las indemnizaciones á que diere lugar esta declaración. Los esclavos, quede cualquier modo se introduzcan, quedan libres por el sólo hecho de pisar el territorio Paraguayo.

(Cualquier similitud 150 años después es mera coincidencia)

 

Álbum gráfico de la República del Paraguay  1912 (por el centenario de la patria)

Álbum grafico pág. 8: introducción.

“Existe entre nosotros perfecta homogeneidad étnica: el pigmento negro no ensombrece nuestra piel. Amamos nuestra tradición y nos es grato conservar nuestro dulce y poético idioma guaraní,..”

Álbum grafico pág. 27: refiriéndose al guarani

Eran los guaraníes de color moreno algo pálido; de estatura mediana; ni muy gordos ni muy flacos, y nunca defectuosos,..”

Álbum grafico pág. 72: refiriéndose al ganado.

“El buey trocó su sentencia de muerte por la esclavitud. Contad, si podéis, la suma de existencia con que el buey enriquece al hombre en su noble abnegación.”

Álbum grafico pág. 124: refiriéndose al poder.

El soldado imperial, encargado de dar libertad al ciudadano del Paraguay,....Como esclavo, no ha tenido familia, ni la tiene como liberto. Un esclavo es tanto más valioso y caro,  cuanto más humilde automático y servil. ¿Cómo exigir la virtud del soldado, que es el coraje, al esclavo, cuya virtud fué siempre la sumisión animal? El soldado imperial que sale de las cadenas para ser empleado como libertador..

Álbum grafico pág. 130: refiriéndose prisioneros afroparaguayos  (recordemos que Aveiro , afroparaguayo, preso en el 70 a fin de año ya se encontraba trabajando nuevamente en Paraguay)

“…en su mayor parte han sido llevados y reducidos á la esclavitud en el Brasil, y los que se prestaban menos por el color de su cútis para ser vendidos han sido enviados al Estado Oriental y á las Provincias Argentinas, de regalo, como entes curiosos y sujetos á la servidumbre…”

Bueno, esto ha sido todo, un poco de historia oculta de parte de unas voces que reclaman por derechos y que sueñan con una sociedad mejor, sabemos que para algunas personas que siguen negándonos, ninguneando nuestra historia, que nos tienen como iguales, como marxistas, leninistas, comunistas, que somos de amnesty internacional etc etc. nosotras y nosotros con orgullo sabemos de dónde venimos, reconocemos nuestra identidad, nuestros orígenes. Somos AFROPARAGUAYAS-OS


 

Hasta ahora sin reparaciones como lo manifiesta el título. Son fuerzas ajenas a la identidad  y a la injusticia y más próximas al colonialismo, a las castas, al amor a la patria y a seguir una línea alejada a la diversidad étnica que constituye la sociedad. Las consecuencias, causas de una esclavitud escondida que permanece en un nuevo formato hasta el día de hoy, negada, invisibilizada, que tiene complices  hasta el presente en todos los ámbitos, en los historiadores de turno con sus egos y sus salarios, en los empleados, también de turno que no quieren perder su puestito y su salario y que utilizan a las comunidades más conocidas como bien se dice, para la foto. Pobres nuestros hermanos y hermanas que compiten entre ellos para salir en esa foto al ritmo de un tambor colorido que camina a la ONU desde hace más de 20 años y de los derechos bien gracias. Hoy conmemoramos más de 156 años de olvido, conmemoramos un año sin blog, un año de la triste ley de las promesas elaborada por el mismo estado sin la articulación total de las comunidades, sin la participación de la mujer, sin actas de las mismas y sin la menor intención de democracia y soberanía, o lo que es peor, de libertad! Si, seguimos encadenados a este sistema, sin respuestas, de Facebook  al no comunicarse ante nuestras decenas de mensajes en este año a pesar de sus diversidades y no restablecer las publicaciones de nuestro blog en su red. Y del estado, que omite el Ministerio de Justicia hasta el presente pasando la posta a cultura que solo ve y hace ver a los afrodescendientes como el espectáculo, el show  de los negritos  y para de contar. Este es el Paraguay del siglo 21 alineado al racismo estructurado e institucionalizado. Una vergüenza, pero claro, el camino es resistir, educación étnica cero, que pretendemos si a nuestros-as hermanas originarias se les olvida que podemos pretender los  y las afrodescendientes si nunca existimos, y si lo hicimos, como ahora se contrata a un historiador, antes Azara, Demersay y otros se encargaron de  hacernos felices., Nuestros antepasados Africanos!(no afrodescendientes, porque no les queda claro a quienes manejan el tema hoy ante las zoom oficiales y alguna que otra persona que direcciona secretarias) salieron de Africa en el crucero del amor, aprendieron español y guaraní pagando tributos de plata, encontraron la religión salvadora cristiana que les enseño oficios, el progreso, construyeron gracias al ticket de viaje un curso de arquitectura y construcción, que grandes nuestros antepasados realizaron esos lindos edificios coloniales que hasta hoy prevalecen  y como eran tan buenos hasta las vías de los primeros trenes instalaron,  o con otros presos compartieron el forjado de los primeros hierros en ybicuy, y ese pasaje 5 estrellas incluía también  cursos de como aprender a trabajar el algodón o nuestra famosa caña Paraguaya y si esto fuera poco el ticket incluía formaron o construyeron pueblos, como san Salvador de Tevego , hoy Requejo,  Arekutakua, hoy Emboscada, Tabapy, hoy Beato, o rosado en Tobati, Caaguazu  etc . y para rematar y tener acción y saber lo que es la libertad, el amor a la patria, pasamos de las estancias  donde eramos felices a la guerra, defendieron la capital de los terribles e infieles guaykurues y arereas, y más tarde como bien dijo el dr. Ingles contratado por el Mariscal unos 60 mil previlegiados lucharon para que estemos vivos hoy, aunque algunos vivos hoy nos nieguen, porque decir kamba, es asunto grave…

Pero todo esto no aparece casi en la historia, que decimos si todos y todas somos guaraníes españoles, y hasta Vikingos, hasta el presente no vimos ninguna persona estudiar en detalle los censos del paraguay, analizarlos, ver donde desapareció la variabe y porque. Nadie con maestrías y doctorados en el presente se les ocurre ver quiénes eran considerados esclavizados (a partir de 9 años ya en categoría adultos-parte de la población libre…), quienes eran niños ( menores de 9 solamete nacidos después de 1843 como decretaba la ley “libertos de la republica” por 25 años seguirían siendo esclavizados según libertad de vientres hasta el 1 de enero del 1868, categoría, niños), (DESAPARECIERON NUESTROS ANTEPASADOS, QUE GRAN GESTA LIBERTARIA!! Si hasta parece que los que escriben, historiadores etc se alinearon al estado, hacen el copy past de viejos textos censuales o estamos equivocados??hablan de pasado sin saber que somos  los descendientes de los mismos, a claro el tiempo ya paso, no pueden ver la repetición de habitantes entre pueblos que suma un numeró inflado de población que no existió ellos son neutrales, hablan en nuestros espacios, son felicitados, llegan a harvard, participan en la onu, que genios que nos expliquen  porque no se  vende de balde tanta crema para laciar el cabello en emboscada, no hay muñecas negras en el mercado y si la Barbie-mau, gua-u  del mercado 4 se distribuye en todo el país por menos de mil i. Nadie, ningún antepasado ñande pago o tuvo esa servidrumbre o si la tuvo fue sinónimo de riqueza verdad. Pero que con ese decreto, aaaa si, ahora entendemos, fue en octubre del 69 y López murió en marzo del 70. Malditos kambá y legionarios que nos dieron la libertad  y no nos dieron casa, ni nos reembolsaron los pasajes desde 1537 que veníamos exigiendo para retornar al Africa, hoy ya somos Paraguayos, ni afros, nos borraron, por lo menos nos hubiesen dado educación, porque hablar de equidad y realizar videos hoy en día copiando la misma vieja historieta ya es un argumento viejo, pero claro, mejor censurados, porque si no creamos una asociación legal institucional prácticamente una s.a. para negociar con ustedes, no tenemos voz,  es cierto, no saben ni donde estamos, es más fácil y cercano ir a Fdo de la Mora, zona rica,  que reconocernos  y ver nuestras necesidades y repararnos nuestra identidad, ya entendemos ya, pero bueno, los de ahora de turno pasan, así como nuestra sangre resistente se hereda y se pasan nuestros saberes, nuestra lucha nuestros derechos seguiremos resistiendo, resilentes se dice…

Compartimos con ustedes algunos textos de la historia, el decreto de migración del año 1903, el decreto de la abolición hasta ahora no reparada y luego algunos textos del Albúm grafico de la República de 1912 el cual parece que fue escrito hoy!

Ley de Inmigración del 6 de Octubre de 1903 ( año que comenzó fuertemente la esclavitud de los Mensú)

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya reunidos en Congreso, sancionan con

fuerza de LEY:

Art. 14 En ningún caso los consulados o agencias de inmigración expedirán certificados o

pasajes de inmigrantes a favor de individuos de las razas amarilla y negra, de enfermos infecciosos,

de mendigos, zánganos o gitanos ni a favor de presidiarios o de personas sometidas a la acción de

los tribunales extranjeros.

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